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Roberto Anel Diaz Morales

Nombre: Roberto Anel Diaz Morales

Lugar de Condena: Humacao, Puerto Rico

Fecha de Liberación o Exoneración: 9 de mayo de 2012

Tiempo Servido: 10 años







Resumen:
En 2001, Roberto Anel Díaz Morales tenía 21 años y estudiaba en la Universidad del Turabo para convertirse en contador. Sus estudios se vieron interrumpidos cuando fue detenido acusado de un delito cometido el 23 de octubre de 2001. Roberto se le incriminó de haber particioado junto a otros hombres al penetrar la residencia de la víctima con el propósito de cometer l delito de sodomía y robo domiciliario. La víctima sufrió quemaduras en un 35% de su cuerpo, lo que le provocó la muerte, dado a complicaciones en su cuadro clínico. El teléfono celular de la víctima fue hurtado mientras cometía el delito.

La oficial a cargo de la investigación rastreó el celular, lo que condujo a Roberto el 9 de noviembre de 2001. Cuando la agente entrevistó a Díaz, este le indicó que le había comprado el celular a un “tecato” o usuario de drogas.

Al principio, la oficial le había indicado que ella sabía que él no había participado en el delito, pero que quería su ayuda para identificar a la persona que le había vendido el celular. Díaz brindó una descripción de la persona que le vendió el teléfono, la cual coincidía con uno de los imputados, el Sr. Irving Daniel Carrasquillo Oliveras, conocido localmente como “Danny el Flaco.”

La oficial le mostró a Roberto un foto de Danny el Flaco del año 1995. Los hechos ocurrieron en 2001, por lo que esta foto era de más de 5 años antes. Roberto no pudo identificarlo porque era completamente diferente al hombre que le había vendido el celular. También, Roberto dijo que no le prestó atención a la cara de la persona que le vendió el teléfono. La agente respondió molesta y amenazó a Díaz con responsabilizarlo del crimen por negarse a identificar a Danny el Flaco. Por esta razón, el 30 de agosto de 2002, Díaz Morales es arrestado por su alegada participación en el delito.

Como parte de la investigación, la agente entrevistó al Sr. José Luis Delgado Pérez, mejor conocido como “Luis Caneca,” y quien era adicto crónico a la heroína. Caneca incriminó a Roberto en la comisión del delito. A pesar de las fuertes contradicciones y de la poca confiabilidad del testigo, su testimonio fue la prueba principal del Ministerio Público en el juicio.

El coautor del delito, apodado como “Quenepo", era un usuario de drogas acostumbrado a drogarse con el testigo. En el momento de los hechos, Roberto era un estudiante activo de la Universidad del Turabo y este también era conocido como “Quenepo".


A pesar de que la descripción del Quenepo brindada por Caneca no era compatible con Roberto y que sí coincidía con la descripción de un otro joven, la agente no corroboró la identidad del Quenepo al que se le hacía referencia.

Durante el juicio se presentó también el análisis de las huellas dactilares, ADN, muestras de sangre y pelo, recopiladas en la escena del crimen y no hubo hallazgos compatibles con Roberto.

El experto, el Dr. Gualberto Herrero Manzano, testificó que al revisar al acusado no encontró indicativo alguno de uso intravenoso de drogas en su cuerpo. Por lo tanto, no era usuario habitual de heroína. El tribunal excluyó este testimonio debido a que podía causar confusión al jurado y porque el médico no podía establecer de certeza si el acusado consumía drogas para el momento de los hechos.

La evidencia en su contra fue la posesión del celular de la víctima y los testimonios falsos del coautor que lo identificó y de la agente. El jurado declaró culpable a Roberto y él fue condenado a cumplir las siguientes penas: 99 años por asesinato en primer grado; 18 años por delito de escalamiento agravado; 50 años por delito de robo y 5 años por restricción a la libertad en su modalidad agravada, para un total de 172 años.

Los abogados defensores de Roberto apelaron la sentencia de varias maneras y en varias ocasiones. Estos intentos fueron infructuosos. Finalmente, se concedió una de las peticiones de un nuevo juicio. Esta moción argumentó que al momento del juicio, la fiscalía argumentó que Roberto no había logrado dar con el paradero del “otro Quenepo”, pero en ese momento lo consiguió.

Roberto expuso que la nueva evidencia que proponía presentar era el testimonio del verdadero Quenepo. Se incluyó declaración jurada de Javier Francisco Sanchez Gonzales afirmando que es el único conocido como Quenepo en el pueblo de Gurabo, que este era compañero de uso de drogas de Caneca, indicaba que Caneca había mentido en el juicio y afirmó estar dispuesto a declarar en un nuevo juicio.

Estas peticiones fueron denegadas hasta que finalmente el Tribunal Supremo dio la orden de permitir un nuevo juicio en el 2007. El 9 de mayo de 2012, después de pasar 10 años en prisión, el Tribunal Supremo de Puerto Rico absolvió a Roberto y ordenó su inmediata excarcelación. El Tribunal dijo, “tenemos duda razonable y nuestro deber es absolver.” Cuando fue liberado, tenía 31 años.

En realidad, el exnovio de la víctima planificó el crimen para vengarse de ella por haber terminado su relación. Él contrató a tres personas adictas a las drogas para llevar a cabo el crimen. Los cuatro juntos cometieron el crimen. Cinco días luego de haber cometido el delito, Roberto compró el celular en la calle al único coautor del delito que quedaba libre y sin identificar, quien le dijo a Roberto que el celular pertenecía a su hermana.

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